EL PROCESO DE DESLINDE
La figura jurídica del deslinde es muy importante en el ámbito del derecho a la propiedad, en virtud de que mediante su procedimiento se establece la ubicación específica del inmueble que se encuentra amparado en una constancia anotada y de esta manera se individualiza su derecho de propiedad, en efecto, con este proceso se establece la correspondiente designación catastral y por ende el plano individual de mensura.
El deslinde consta de 3 etapas:
– Etapa técnica: es el procedimiento por el cual se individualiza, ubica y determina el terreno, este proceso se denomina mensura y debe ser ejecutado por un agrimensor.
– Etapa judicial: es el procedimiento que se realiza ante los tribunales de la jurisdicción inmobiliaria y que concluye con una sentencia que debe ordenar el registro de una nueva parcela; todo anterior porque el deslinde es un proceso contradictorio de conformidad con el Párrafo del artículo 130 de la Ley 108-05 en el cual se debe notificar a las otras partes interesadas.
Para llevar a cabo el procedimiento de deslinde se considera necesario contar con la asesoría de un abogado.
– Etapa registral: en esta etapa se expide el Certificado de Título que acredita el derecho de propiedad, el cual contará con un plano individual de mensura. Este proceso se realiza ante el Registrador de Títulos competente, de acuerdo con el lugar donde esté ubicado el inmueble.
Lic. John Sirvent Istúriz
Abogado
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